Si te han dado el alta médica sin estar realmente recuperado, es importante actuar rápido. En FBI Abogados, despacho especializado en Derecho Laboral en Parla y la Comunidad de Madrid, te ayudamos a impugnar el alta médica de forma eficaz ante el INSS o la mutua, defendiendo tus derechos y evitando perder prestaciones o reincorporarte antes de tiempo.
📞 Llama ahora al 911 54 74 54 o pide cita online para revisar tu caso.
1. ¿Qué significa impugnar un alta médica?
Impugnar un alta médica es el procedimiento legal que permite al trabajador o trabajadora recurrir la decisión del INSS o de la mutua que le declara “apto para trabajar” mientras aún se encuentra enfermo o con limitaciones físicas.
Según la Ley General de la Seguridad Social (artículos 169 a 176), la incapacidad temporal debe mantenerse mientras persista una situación médica que impida trabajar con normalidad. Si el alta se emite sin haber recuperación completa, el afectado puede reclamar su revisión.
2. ¿Cuándo puedes impugnar el alta médica?
El plazo para impugnar el alta médica depende del origen de la baja:
- Altas emitidas por la mutua (accidente laboral o enfermedad profesional): el plazo para reclamar es de 10 días hábiles ante el INSS.
- Altas emitidas por el INSS (enfermedad común o accidente no laboral): el plazo para presentar la reclamación previa (excepto supuestos especiales como alta por agotamiento de 365 días) es de 11 días hábiles.
👉 Si no se actúa dentro de plazo, la alta médica se consolida y se pierde el derecho a impugnar.
3. Cómo se impugna el alta médica paso a paso
3.1 Presentación de la reclamación previa
Debe presentarse en plazo una reclamación previa ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), adjuntando informes médicos que acrediten que el trabajador no está recuperado. El INSS revisará el caso y podrá ratificar o revocar el alta.
Si el alta la hubiese dado una mutua colaboradora (MUTUA), la impugnación se debe dirigir al INSS. El INSS revisará el caso y podrá ratificar o revocar el alta.
3.2 Revisión médica del INSS
El trabajador puede ser citado para una nueva exploración médica. Si el INSS considera que persiste la incapacidad, anulará el alta y reanudará la baja médica.
3.3 Recurso judicial ante el Juzgado de lo Social
Si el INSS mantiene el alta, puede interponerse demanda judicial (art. 140 y 142 de la LRJS). El juzgado puede declarar nula o improcedente el alta y reconocer el derecho a seguir de baja.
4. Por qué contar con un abogado laboralista en Parla
En FBI Abogados Parla entendemos que un alta médica injusta genera ansiedad, incertidumbre y pérdida de ingresos. Nuestro despacho te acompaña en todo el proceso:
- Revisamos tu documentación médica y resoluciones del INSS.
- Redactamos la reclamación administrativa dentro de plazo.
- Preparamos la demanda judicial si el alta se mantiene.
- Gestionamos las comunicaciones con mutuas y empresas.
- Defendemos tus derechos ante el Juzgado de lo Social de Madrid.
⚖️ Nuestra experiencia en impugnación de altas médicas en Parla nos permite anticipar los errores más frecuentes del INSS o las mutuas y maximizar tus posibilidades de éxito.
5. Preguntas frecuentes
¿Cuánto tarda una impugnación de alta médica?
El INSS suele resolver en un plazo aproximado de 15 días hábiles. Si se presenta demanda judicial, el procedimiento puede tardar entre 1 y 3 meses según el juzgado de lo social correspondiente.
¿Puedo seguir cobrando la prestación mientras recurro?
Depende. Si el alta médica la generó la MUTUA, se suspenden los efectos del alta hasta la resolución del INSS. Sí el alta la cursó el INSS o el servicio público de salud la reclamación previa NO suspende los efectos del alta.
¿Qué documentos necesito?
Informe médico actualizado, parte de alta, DNI, informes de especialistas y cualquier documento que acredite que no estás recuperado.
FBI Abogados – Abogado laboralista en Parla y Comunidad de Madrid. Si te han dado el alta sin estar curado o crees que no puedes reincorporarte, contacta con nosotros o llama al 911 54 74 54 para que revisemos tu caso sin compromiso.