Abogado laboralista asesorando a una empresa de Leganés sobre el registro obligatorio de la jornada laboral

Consecuencias legales de no registrar la jornada laboral: lo que deben saber las empresas en Leganés

Desde 2019, el registro horario es obligatorio para todas las empresas, independientemente del tamaño. Sin embargo, muchas pymes y autónomos empleadores desconocen el alcance real de esta obligación y el riesgo que supone no llevarlo correctamente.

En FBI Abogados, despacho laboralista para empresas en Leganés y en la Comunidad de Madrid, vemos a diario cómo la falta de registro de jornada deriva en sanciones, reclamaciones de horas extra, litigios y problemas con Inspección de Trabajo.

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1) La obligación empresarial de registrar la jornada

El art. 34.9 del Estatuto de los Trabajadores obliga a todas las empresas a:

  • Registrar inicio y fin de la jornada de cada persona trabajadora.
  • Conservar los datos durante 4 años.
  • Garantizar que el sistema es fiable y no manipulable.

No basta con cuadrantes, horarios fijos o fichas internas: el registro debe reflejar la jornada real trabajada.


2) Consecuencias legales por no registrar la jornada

No llevar el registro o llevarlo de forma incorrecta es una infracción grave según la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS), con multas entre:

751 € y 7.500 € por cada centro de trabajo afectado.

Además, la ausencia de registro provoca efectos probatorios muy perjudiciales para la empresa, especialmente en reclamaciones de horas extra.


3) Cómo actúa la Inspección de Trabajo en Leganés

En Leganés y Madrid Sur se están realizando campañas específicas de control del registro horario. Cuando la Inspección acude a una empresa:

  • Solicita el registro de los últimos 4 años.
  • Contrasta turnos, contratos, cuadrantes y actividad real.
  • Requiere entrevistas a empleados para verificar cumplimiento.
  • Puede imponer sanciones de inmediato.

Si no existe registro o es incorrecto, la Inspección presume exceso de jornada.


4) Riesgos añadidos: horas extra, reclamaciones y demandas

No registrar la jornada no solo genera sanciones administrativas. Los riesgos más costosos para la empresa son:

  • Reclamaciones de horas extra sin límite temporal claro.
  • Demandas por modificación sustancial al probar jornadas reales superiores.
  • Daños y perjuicios si el exceso deriva en IT o estrés laboral.
  • Conversión de contratos temporales a indefinidos por fraude de jornada.

La empresa queda con una posición probatoria muy débil, lo que puede multiplicar costes indemnizatorios.

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5) Cómo ayudamos a tu empresa en Leganés

En FBI Abogados asistimos a empresas de Leganés y Comunidad de Madrid para:

  • Evitar o reducir sanciones de Inspección.
  • Minimizar riesgos en reclamaciones de horas extra.
  • Revisar sistemas de jornada y detectar áreas de exposición.
  • Actuar ante requerimientos, denuncias o visitas inspectoras.

No explicamos nuestros métodos internos aquí; cada empresa requiere una estrategia específica y confidencial.


6) Preguntas frecuentes

¿Puede sancionarse a mi empresa si tengo horarios fijos pero no registro?

Sí. La obligación de registrar la jornada es independiente del tipo de horario.

¿Qué pasa si mis empleados no fichan?

La responsabilidad es siempre de la empresa: debe garantizar un sistema válido y fiable.

¿La Inspección puede pedir registros antiguos?

Sí, hasta de 4 años, según exige el Estatuto de los Trabajadores.

¿Es obligatorio un sistema digital?

No, pero debe ser fiable, verificable y no manipulable.


FBI Abogados – Abogado laboralista para empresas en Leganés y Comunidad de Madrid. Si tu empresa necesita evitar sanciones o regularizar la jornada, contacta con nosotros o llama al 911 54 74 54.





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